MIGRACIÓN Y DERECHO AL TRABAJO EN CHILE 2017-2022[1]

 

MIGRATION AND RIGHT TO WORK IN CHILE 2017-2022

 

Luis Manuel MARCANO SALAZAR [2]

 

Recibido

Aprobado

:

:

19.02.2024

27.04.2024

Publicado

:

11.10.2024

 

 

 

RESUMEN: El objetivo de este estudio es analizar la migración venezolana en Chile y el ejercicio del trabajo como un derecho humano. La metodología utilizada es hermenéutica-documental, que permite interpretar y analizar registros documentales relacionados con la crisis migratoria de Venezuela y la respuesta del Estado chileno. Se examinan las políticas migratorias, las leyes laborales y la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores/as [sic] migratorios/as[sic] y de sus Familiares, así como los informes de organizaciones internacionales y nacionales sobre la situación de los migrantes venezolanos en Chile. Los resultados revelan que la crisis migratoria de Venezuela es una de las más grandes del mundo, con millones de personas desplazadas debido a la inestabilidad política y económica del país. El flujo de migrantes venezolanos hacia Chile ha aumentado significativamente en los últimos años, lo que ha generado a una serie de problemas y desafíos para el Estado chileno en su intento de manejar este aumento. Esto se refleja en sus políticas migratorias y su capacidad para del país para proporcionar apoyo y protección. Las repatriaciones masivas de venezolanos antes y durante la pandemia de COVID-19 sugieren que Chile está luchando para proporcionar oportunidades de empleo y servicios básicos a los migrantes.

Palabras clave: Crisis migratoria, Refugiados, Desplazados, Crisis en Venezuela, Derecho laboral de los desplazados.

 


ABSTRACT: The objective of this study is to analyze Venezuelan migration in Chile and the exercise of work as a human right. The methodology used is hermeneutic-documentary, which allows for the interpretation and analysis of documentary records related to the Venezuelan migration crisis and the response of the Chilean State. Migration policies, labor laws and the International Convention on the Protection of the Rights of All Migrant Workers [sic] and Members of Their Families are examined, as well as the reports of international and national organizations on the situation of Venezuelan migrants in Chile. The results reveal that Venezuela's migration crisis is one of the largest in the world, with millions of people displaced due to the country's political and economic instability. The flow of Venezuelan migrants to Chile has increased significantly in recent years, which has generated a series of problems and challenges for the Chilean state as it attempts to manage this increase. This is reflected in its migration policies and its ability to provide support and protection. The massive repatriations of Venezuelans before and during the COVID-19 pandemic suggest that Chile is struggling to provide employment opportunities and basic services to migrants.

Keywords: Migration crisis, Refugees, Displaced persons, Crisis in Venezuela, Labor rights of displaced persons.

 

INTRODUCCIÓN

El derecho al trabajo es un derecho humano. Está incorporado en la carta política de todos los Estados como una garantía fundamental[3], además en tratados y pactos internacionales[4]. Su desconocimiento por parte del Estado acarrea responsabilidad por violación de Derechos Humanos, por lo que, de su existencia depende la sobrevivencia de toda nación.

La Organización Internacional del Trabajo[5] aporta una dimensión global al Derecho Social, por lo que deslocaliza la acción del trabajo humano como instrumento social para cumplir con el proyecto de vida y, produce un régimen internacional, capaz de satisfacer la regulación del cumplimiento de los Derechos que, fundamentalmente están localizados dentro del Estado-nación, pero por razones de traslado o migración, cruzan las fronteras.

Los movimientos humanos transfronterizos pueden ser causados por diversas razones y, no necesariamente deben ser denominados como migrantes. Las migraciones voluntarias por situaciones económicas o de otra índole y, las migraciones forzosas por causa de guerra o violencia. Ambas pueden ser dentro o fuera de un país. El hecho sensible es que, quien migra de manera planificada entra en el régimen migratorio del Estado receptor, a diferencia de los migrantes forzados o desplazados que, han tenido que abandonar su hogar en situación de emergencia, dejando detrás de sí, documentos de identificación, estudios, además de un hogar establecido del que no se han planificado mudar. En la mayoría de los casos, los desplazados, pierden todos los recursos económicos que han dejado atrás y deben iniciar sus vidas en total desamparo. A este tipo de migrantes forzosos o desplazados los acoge la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados (ADNUR), adquiriendo la condición de refugiado, previa evaluación de las autoridades internacionales y domésticas (Abuelafia, 2020).

En tal sentido, el régimen internacional de refugiados que opera por órgano del Sistema de Naciones Unidas, presente en cada uno de los países, establece los parámetros particulares para producir la identificación migratoria respectiva que faculte al migrante ejercer su derecho al trabajo. Sin embargo, ¿qué ocurre cuando existe un vacío en esa importante obligación de la Oficina de Refugiados de Naciones Unidas para atender una crisis migratoria como la que en el presente vive América Latina que tiene sus raíces en Haití, Colombia, Cuba y Venezuela?

Para los efectos de garantizar el trabajo migrante y el de sus familiares, los Estados se han otorgado la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores/as [sic] migratorios/as[sic] y de sus Familiares, mediante la cual la Asamblea General de Naciones Unidas que produce la resolución 45/158 que la promulga, aspiraba a solucionar el trabajo migrante y detener la explotación de los extranjeros en tierras extrañas.

Es de suma importancia reflexionar sobre ese vacío, tomando como punto de partida la actual crisis migratoria compleja que vive Venezuela. No se trata de juzgar, ni siquiera de manera referencial, las causas políticas e ideológicas, que ha producido dicho fenómeno y, que ha generado una de las más potentes crisis de desplazados que ha vivido América Latina en años recientes. Sino en identificar la masa desplazada con su flujo de movilidad humana y su recorrido por el continente hasta delimitar la observación al caso desplazamiento a Chile, en el período 2017- 2022.

La brújula que orienta la reflexión tiene como propósito dar respuesta a la siguiente pregunta de investigación: ¿es insuficiente la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores/as [sic] migratorios/as[sic] y de sus Familiares para resguardar la forzada cuando el Estado chileno, no aporta soluciones a las familias desplazadas? En tal sentido, para abordar el tema, se pretende el logro del siguiente objetivo de investigación: Analizar la migración venezolana en Chile y cómo ejercen su derecho al trabajo como un Derecho Humano.

En este sentido, se parte de la hipótesis que considera a la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores/as [sic] migratorios/as[sic] y de sus Familiares, como insuficiente para regular y solucionar la crisis de desplazados venezolanos en Chile, por lo que, ha generado que el Estado chileno, haya efectuado sendas repatriaciones masivas de venezolanos antes y durante la pandemia del covid-19, lo que pone en evidencia la debilidad funcional del Derecho Internacional Público en temas de protección de derechos y, la inoperancia del Sistema de Naciones Unidas frente a la crisis latinoamericana.

 

DESARROLLO

Trabajo, crisis migratoria y de desplazados en América

En el pasado, ya se ha hecho referencia a la crisis migratoria y a la seguridad humana, y cómo estas se vieron afectadas cuando la pandemia de covid-19 golpeó al mundo (Marcano, 2021). No obstante, hay un elemento esencial relacionado con la habilidad de avanzar en un proyecto de vida a través de capacidades personales como el trabajo, que necesita una revisión. Esto es debido a que, sin el derecho al trabajo, no es posible discutir sobre seguridad ni ninguna otra clase de derecho subjetivo (Valencia et al., 2020).

Como ya se mencionó, el derecho al trabajo es un derecho humano básico. Este otorga a las personas la facultad de seleccionar y desempeñar un oficio lícito en condiciones de equidad legal, justas y gratificantes, sin ninguna forma de discriminación por género, raza, estatus social o religión. En su esencia, es un derecho subjetivo de todas las personas para tener la oportunidad de generar riqueza a través de una actividad que han elegido libremente (Martínez Escamilla et al., 2012).

Este derecho es desarrollado en pactos y acuerdos internacionales, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, establecido en Nueva York el 19 de diciembre de 1966, y en las constituciones de las naciones como una garantía fundamental. Sin embargo, hay circunstancias e imprevistos que obstaculizan la completa realización de este derecho. Por lo tanto, los Estados deben diseñar políticas públicas que respondan a las crisis económicas que afectan las oportunidades de empleo. Esto dependerá de la capacidad interna de cada Estado, tal como Kliksberg (1993) lo mencionó en "La pobreza, un tema impostergable". La disminución de la habilidad de los Estados para generar riqueza basándose en el trabajo individual de sus ciudadanos genera, a largo plazo, tres situaciones interrelacionadas: el desempleo, la delincuencia y las migraciones (Kliksberg, 1993).

Según investigaciones sociológicas (Domenech y Gil, 2016), un porcentaje reducido de la población de un país que cumple satisfactoriamente con las necesidades de sus habitantes emigra por voluntad propia. De hecho, ciertos colectivos humanos se mueven de sus naciones en busca de nuevas posibilidades laborales o para educarse. Sin embargo, la mayoría de las personas lo hacen para huir de conflictos, persecuciones políticas o religiosas, actos de terrorismo o violaciones a los Derechos Humanos que no cesan incluso cuando los desplazados atraviesan las fronteras de los países adyacentes.

La dura realidad que han enfrentado los trabajadores migrantes a lo largo de la historia no ha variado considerablemente en términos de sus derechos fundamentales. Los desafíos e incertidumbres que los desplazados y migrantes experimentan al dejar sus países de origen, afectados por aspectos económicos, culturales, psicológicos, lingüísticos y sociales, se magnifican por los riesgos vinculados con la ilegalidad, una situación frecuente para muchos trabajadores que llegan a sus destinos como indocumentados, especialmente en países donde no existen políticas claras para manejar este tipo de circunstancias.

Como consecuencia, los desplazados suelen ser víctimas de empleadores sin escrúpulos que se benefician de su estatus ilegal. Según varios foros llevados a cabo en este siglo, únicamente 14 de los 34 países en América habían ratificado el Convenio sobre los trabajadores migrantes. De estos 14 países, solo uno (Venezuela) había ratificado el Convenio sobre los trabajadores migrantes (provisiones complementarias), 1975 (núm. 143). Estos dos Convenios establecen las condiciones generales, obligaciones y políticas que los Estados miembros deben implementar en relación con los trabajadores migratorios, especialmente para asegurar sus derechos fundamentales. De hecho, fue durante la crisis de dictaduras que afectó a los países del cono sur cuando Venezuela implementó un efectivo mecanismo de acogida migratoria que facilitó la documentación, un elemento esencial para que los desplazados políticos pudieran integrarse en la sociedad venezolana como fuerza laboral y crecimiento profesional.

La Convención Internacional para la Protección de los Trabajadores Migrantes y sus Familias es un instrumento internacional crucial en este campo. Hasta ahora, 20 países han ratificado la Convención, incluyendo seis naciones de América Latina y el Caribe. En adición, en 1999, la Comisión de Derechos Humanos designó a un Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes inicialmente por tres años, que recientemente ha sido extendido por otros tres años a causa de la crisis de salud por el covid-19. La Comisión también ha emitido una serie de recomendaciones en este sector (Ascanio, 2022, p. 2).

En el contexto de la Organización de los Estados Americanos (OEA), la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en su interpretación más extensa, abarcan los derechos de los trabajadores migrantes. De forma similar, el Sistema de Cumbres de las Américas, cuya secretaría técnica está a cargo de la OEA, la CEPAL y el BID, ha incorporado recientemente la cuestión de los trabajadores migrantes en su agenda como parte del proceso que llevó a la creación de tratados regionales y subregionales (DANE, 2024).

El informe sobre estos asuntos preparado por el Relator Especial de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA, señala varios casos que implican circunstancias que demuestran la ignorancia de los derechos humanos de estos trabajadores. El informe resalta varios aspectos, incluyendo la necesidad de salvaguardar el derecho de los inmigrantes a laborar y enviar dinero a sus países de origen, el derecho de los trabajadores haitianos y venezolanos a un proceso justo y diligente al manejar su estatus legal como migrantes, prevenir maltratos por parte de patrullas fronterizas y casos reportados de xenofobia en ciertas naciones latinoamericanas (Cavalcanti et al., 2021 a-b), y la susceptibilidad de los trabajadores guatemaltecos y otros centroamericanos a prácticas laborales de explotación y a un trato desigual debido a su necesidad de transitar a través del territorio mexicano hacia Estados Unidos (Ministry of Planning and Development, 2015).

El informe también hace referencia a la complicada realidad de los nicaragüenses en Costa Rica, quienes son especialmente propensos a la explotación debido a su elevado número y a la posibilidad de que las fuerzas de seguridad en ambos lados de la frontera entre Venezuela y Colombia puedan actuar con violencia hacia los inmigrantes, dado que las autoridades de seguridad no siempre pueden diferenciarlos de los criminales comunes. Asimismo, el informe criticó la deportación masiva y arbitraria de haitianos de la República Dominicana.

La condición de los trabajadores haitianos se distingue por numerosas infracciones de los derechos humanos, que oscilan desde las deplorables condiciones de vida y laborales en las plantaciones hasta las deportaciones masivas y discriminatorias por raza que estos trabajadores han padecido. La mayor inquietud en el Cono Sur es la inestable situación de los trabajadores peruanos, bolivianos y paraguayos en Argentina que se ven obligados a trabajar como inmigrantes ilegales.

Desafíos laborales y desplazamiento: venezolanos en Chile

El flujo masivo de migrantes venezolanos ha creado desafíos importantes en términos de integración, ocupación y salvaguarda de derechos. La debacle de la economía fue propiciada en parte por la decadencia de la producción de petróleo, el producto de exportación primordial de Venezuela. Para 2020, los niveles de producción de petróleo se habían reducido a mínimos no vistos desde los años 30 (Blau y Kahn, 2015). Después de mantener un promedio de 2,8 millones de barriles diarios (mbpd) durante 2008-2013, la producción de petróleo bruto descendió a un promedio de 0,9 mbpd en 2019 y alcanzó su punto más bajo a alrededor de 0,4 mbpd a mediados de 2020 (Chaves-González y Echeverría, 2020). Esta drástica caída, que sucedió antes de la implementación de sanciones petroleras por parte de Estados Unidos en enero de 2019, reflejó factores tanto domésticos como foráneos.

En particular, el descenso en la producción de petróleo se debe al derrumbe del precio global del petróleo en 2015, la mala administración del sector petrolero a nivel nacional, la reducción de la inversión en el sector (evidenciada por una disminución en el número de plataformas a cero en junio de 2020) y una pérdida de capital humano. Como resultado, a pesar de ser un productor de petróleo, Venezuela ha padecido una falta generalizada de combustible en todo el país, lo que ha interferido con la movilidad y ha incrementado considerablemente los gastos de transporte (Cheasty, 2015).

Frente a la turbulencia macroeconómica y la administración ineficiente, el resto de la economía venezolana también ha sufrido severamente y sigue enfrentando obstáculos. De acuerdo con cifras oficiales del Banco Central de Venezuela (BCV, 2016) el PIB no petrolero experimentó una caída de aproximadamente el 56 por ciento desde el primer cuarto de 2013 hasta el mismo periodo en 2019. La construcción fue el sector más afectado (96 por ciento), seguido por los servicios financieros y la manufactura, con disminuciones del 88 y 83 por ciento, respectivamente. El sector agrícola también ha presenciado una marcada disminución en la producción. Además, las empresas continúan enfrentándose a un suministro poco fiable de servicios básicos, un acceso limitado al crédito y una escasez de mano de obra especializada debido a la migración.

Los servicios sociales y la integración económica también han sido seriamente perjudicados por la crisis. En respuesta a la falta de recursos para la prestación de servicios básicos, el gobierno ha disminuido su presencia en las zonas rurales a favor de la capital, Caracas. En muchas regiones, se han dejado de lado funciones gubernamentales esenciales como la vigilancia, el mantenimiento de carreteras, la atención médica y los servicios públicos. Los grupos paramilitares armados han reemplazado parcialmente la infraestructura de seguridad del Estado cerca de la frontera entre Venezuela y Colombia (Abuelafia, 2020). Además, el retiro del gobierno ha llevado a la fragmentación de Venezuela en economías más localizadas y segmentadas con vínculos meramente nominales con Caracas. Paralelamente a esta ruptura de las conexiones económicas internas, las regiones cercanas a las fronteras de Venezuela han recurrido al contrabando y al comercio transfronterizo para subsistir. Las comunidades agrícolas del interior de Venezuela han caído en la subsistencia a medida que el deterioro del sistema de carreteras y la escasez de gasolina diezmaban el comercio interno. Los lugares de interés turístico, sin embargo, han persistido y atienden principalmente a individuos de altos ingresos, generando un éxodo que ha superado los límites históricos.

En el marco de su volatilidad macroeconómica, Venezuela vivió uno de los períodos de hiperinflación más prolongados registrados en la historia (Ortega y Peri, 2014). Los precios escalaron hasta alcanzar un estado de hiperinflación, a medida que se monetizaban enormes déficits fiscales que promediaron el 16,8% del PIB entre 2014 y 2019. 

Con la caída de la producción y el estallido de la hiperinflación, las condiciones del mercado de trabajo empeoraron de forma continuada y aún continúan siendo desfavorables. A pesar de que más de la mitad de la población en edad laboral está empleada, la tasa de participación laboral es la más baja de toda América Latina (Orrenius, 2017). El empleo en condiciones formales ha descendido, mientras que el autoempleo ha crecido en proporción relativa, proporcionando vías alternas de ingresos. La proporción de personas con empleo formal en los sectores público y privado disminuyó 15 puntos porcentuales entre 2014 y 2022, al tiempo que la proporción de trabajadores autónomos e independientes creció 14 puntos porcentuales, representando el 45% del empleo total en el país (Organización de Estados Americanos, 2019). 

Los ingresos laborales también se vieron impactados cuando la hiperinflación diezmó el valor adquisitivo de los salarios, lo que llevó a un gran número de familias a huir de la hambruna, muchas veces cruzando las fronteras a pie.

Como consecuencia del derrumbe económico, las condiciones sociales han empeorado y la pobreza ha crecido de forma notable. De acuerdo con la encuesta nacional de condiciones de vida ENCOVI 2019/2022, la pobreza por ingresos prácticamente se triplicó pasando del 33,1% de la población en 2013 al 96,2% en 2019/2022, y la pobreza extrema aumentó casi siete veces hasta llegar al 79,3% en el mismo intervalo de tiempo. El país está sufriendo un retroceso en los progresos alcanzados en décadas pasadas en términos de salud y nutrición, particularmente para las madres y los niños, así como en el control de enfermedades transmisibles.

Las desastrosas condiciones económicas y humanitarias han desatado la crisis migratoria más grande en la historia de nuestro continente, superando incluso la crisis que vivieron los sirios durante la Guerra y por Turquía (Del Carpio y Wagner, 2015).

En realidad, la situación de emergencia en Venezuela ha originado desplazamientos similares a los de las crisis migratorias más grandes del mundo en los últimos cincuenta años. Se calcula que cerca de siete millones de venezolanos han dejado su país en agosto de 2023, superando los números vistos en Etiopía (1980), Irak (1988, 2004), Sudán del Sur (2014) y la cantidad de refugiados que huyeron del conflicto en Ucrania (6,3 millones en agosto de 2022 según ACNUR). Básicamente, el número de migrantes venezolanos corresponde al 23 por ciento de la población en total, menos que en Siria (2012) y Afganistán (1977), donde excedió el 35 por ciento de la población cinco años después del inicio de las crisis. A pesar de que estos desplazamientos se originaron por conflictos armados, no se diferencian mucho de la guerra no oficial que se vive en Venezuela, marcada por el crimen organizado y la presencia de bandas armadas como el Tren de Aragua. Un ejemplo reciente es el caso de la Cárcel de Tocorón, donde el líder de esta banda transnacional, conocido como "el niño Guerrero", continúa libre. Además, la violencia estatal contra la oposición agrava aún más la situación. Todos estos factores de expulsión han obligado a los venezolanos a huir, sumado a la crisis de confianza en un sistema judicial cada vez más controlado por el gobierno. Por tanto, Venezuela se ha convertido en el país con la mayor migración en los últimos años para un país sin conflicto de las clases más desprotegidas de la sociedad (Santamaria, 2022).

El destino y la composición de los flujos migratorios venezolanos han variado a medida que la crisis se ha agudizado. La mayoría de los migrantes se han establecido en otros países de América Latina, mientras que algunos se han trasladado a otras regiones, principalmente a Estados Unidos y España. Colombia ha acogido el mayor número de migrantes, sumando 2,5 millones o aproximadamente el 5 por ciento de la población colombiana en agosto de 2022. Chile, Ecuador y Perú también han recibido flujos importantes, con un número combinado de migrantes que supera los 2 millones (más del 3 por ciento de la población colombiana en promedio). Aunque Aruba y Curazao han recibido una menor cantidad de inmigrantes, representan una proporción mucho mayor de sus respectivas poblaciones, oscilando entre el 9 y el 15 por ciento. Con la llegada de la pandemia, el flujo migratorio se ralentizó en 2020 cuando los países cerraron sus fronteras por razones de salud. Sin embargo, el flujo migratorio se reactivó en 2021-2022 cuando los países reabrieron sus fronteras y se prevé que aumente aún más a medida que algunos países han comenzado a otorgar estatus de protección a los migrantes venezolanos (como Colombia y Ecuador).

La composición demográfica de los migrantes se asemeja a la de las comunidades locales en las economías de acogida de la región. Casi dos tercios de los inmigrantes provenientes de Venezuela están en edad productiva y cerca de la mitad son del género femenino. Los migrantes que optaron por los países vecinos a Venezuela (Brasil, Colombia, Guyana y Trinidad y Tobago) son más jóvenes y poseen una educación superior en comparación con las comunidades locales. Sin embargo, su nivel de educación es inferior al de los venezolanos que se desplazaron a países más alejados (como Argentina, Chile y Costa Rica). No obstante, en los últimos años, entre 2019 y 2022, ha llegado a Chile un considerable número de venezolanos de la clase trabajadora con limitados recursos económicos y escasa o nula educación. Esto complica la regularización de su estatus migratorio, lo que a su vez les impide trabajar y en consecuencia, llevar a cabo su proyecto de vida.

La crisis sanitaria del COVID-19, con las respectivas limitaciones en la movilidad y cierre de fronteras, disminuyó el flujo migratorio venezolano de un promedio de 1,7 millones de individuos al año en 2018-19 a 0,6 millones en 2020, la mayoría en los primeros meses del año. Sin embargo, los flujos migratorios se reanudaron en el periodo 2021-22: 1,3 millones de migrantes abandonaron Venezuela desde finales de 2020, y se proyecta que continúe, aunque a ritmos inferiores a los previos a la pandemia. Se prevé que los factores que desencadenaron la crisis migratoria se agudicen y la situación de los venezolanos se vea más dramática. Dada la gran incertidumbre acerca de las expectativas económicas y sociales, los autores plantean dos escenarios migratorios de gravedad que estima que aquellos que residan en el extranjero alcanzarán los 12,4 millones en 2025, alrededor de 3,4 millones más que el número actual de migrantes venezolanos.

La principal salida a la crisis de Venezuela ha sido la migración, lo que genera cuestionamientos acerca de los impactos en el mercado laboral en Chile. Los migrantes son más jóvenes y con mayor educación que las poblaciones locales, pero su búsqueda de empleo se ha encontrado con una serie de condiciones laborales diversas en las economías de acogida: una cultura compartida como ventaja, pero obstáculos legales y no legales como desafíos. En términos de resultados laborales, los migrantes en edad productiva han sufrido mayor desempleo, son más propensos a trabajar inicialmente en el sector informal y perciben salarios inferiores a los trabajadores locales. La brecha salarial, que se agudiza con el nivel educativo, señala una mala asignación del capital humano de los inmigrantes. En general, la migración venezolana tiende a incrementar la informalidad laboral en los países de acogida, pero no hay evidencia de que desplace a los trabajadores locales. La participación laboral, el empleo y la informalidad de los trabajadores locales se mantienen prácticamente inalterados, aunque existe cierta presión a la baja sobre los salarios, especialmente en el sector informal. Dado las pérdidas de productividad atribuibles a la mala distribución de la fuerza laboral en el corto plazo, el crecimiento del PIB se beneficiará de una integración más profunda de los inmigrantes en la economía formal.

Un mecanismo principal, por el cual la migración afecta los resultados económicos en otras naciones es a través del mercado de trabajo. La llegada de inmigrantes incrementa directamente la provisión de mano de obra. El impacto global en los resultados de equilibrio del mercado de trabajo, tales como los salarios, la participación en la fuerza de trabajo y el empleo depende de una serie de factores que están relacionados tanto con la constitución de los migrantes como con las características del país de acogida. Estos abarcan el tiempo, la extensión y la composición demográfica de los movimientos migratorios, las características y rigideces del mercado laboral en el país de acogida, y si la migración está siendo propulsada por factores de atracción (demanda laboral) o de empuje (oferta laboral) (Pulido-Pescador y Varón, 2020).

Los estudios previos centrados en la migración económica motivada por factores de atracción hacia (principalmente) economías avanzadas reportan efectos positivos de la migración en los resultados laborales. Cuando existen complementariedades entre los trabajadores nativos y los inmigrantes, los inmigrantes pueden estimular un desplazamiento de los nativos hacia nuevas ocupaciones y promover la productividad total con beneficios en la economía. Los ingresos resultantes en el ingreso total pueden justificar los muy limitados efectos negativos encontrados por la literatura empírica sobre los salarios y el empleo de los trabajadores nativos, especialmente cuando se consideran horizontes a largo plazo.

No obstante, no sucede lo mismo con los desplazados que tienen un mayor desempleo inicial en la economía de acogida. A pesar de las numerosas oportunidades y la existencia de acuerdos y convenciones internacionales que protegen el trabajo migrante y el de sus familias, la existencia de un vacío convencional golpea a los más necesitados. Parecería que la debilidad del Derecho Internacional de los Tratados se hace evidente cuando estas normas de Ius Cogens son ignoradas por los Estados Nacionales. Chile es un claro ejemplo de estas violaciones con las deportaciones masivas ocurridas en los años pasados, además de la imposibilidad del desplazado de poder integrarse en Chile. Siguen la línea política migratoria de los Estados Unidos.

La experiencia de los desplazados de Venezuela en Chile comparte algunas similitudes con crisis de refugiados anteriores, ya que los factores de expulsión están forzando a los migrantes de Venezuela a abandonar su país independientemente de las condiciones económicas del país receptor. Como sucede con los venezolanos, los refugiados de otros movimientos migratorios han tenido que enfrentar mayores obstáculos legales o no legales para ingresar a los mercados laborales, lo que plantea retos para la integración económica completa. También existe evidencia empírica de que los resultados de los refugiados en el mercado laboral son significativamente peores que los de la población nativa (Paez y Vivas, 2017).

Durante el clímax del éxodo venezolano antes de la pandemia, la mayoría de los mercados laborales en América Latina tenían un desempleo moderado, aproximadamente del 10 por ciento, y una baja formalidad de menos del 70 por ciento, con una variación considerable entre países. En Chile, la población de migrantes venezolanos representa menos del 3 por ciento de la población local, con un potencial enorme para los desplazados en el mercado laboral.

 

CONCLUSIONES

La interrogante de investigación que se planteó al comienzo de este estudio y la hipótesis propuesta, no se han podido corroborar completamente debido al flujo constante de eventos que hacen que la reflexión sea un lugar de desilusión ante la Ley. La crisis migratoria en Venezuela se ha desarrollado en tres etapas principales. La constitución de los migrantes ha cambiado desde el inicio de la crisis venezolana, y las condiciones demográficas y socioeconómicas fluctúan de acuerdo a la severidad del derrumbe de las condiciones económicas y sociales, sin embargo, no hay resoluciones absolutas ni definitivas: coexisten el derecho y la inequidad.

Primera etapa: la primera oleada migratoria tuvo lugar a principios de los años 2000, previo a la crisis económica. La migración inicial estuvo compuesta por individuos con una alta educación, excelentes habilidades profesionales y amplias posibilidades financieras. Muchos de estos migrantes eran empresarios o miembros destacados de la oposición política.

Segunda etapa: la clase media empezó a abandonar Venezuela a partir del 2014. Personas con formación técnica y jóvenes graduados universitarios, aunque sin experiencia laboral, dejaron el país en busca de mejores oportunidades de trabajo en el extranjero cuando la crisis económica empezó a afectarlos. Muchos acabaron aceptando empleos formales, pero sin cualificación. Esta etapa también incluyó a varios opositores políticos y defensores de los derechos humanos.

Tercera etapa: entre el 2017 y el 2022, cuando la economía venezolana se desplomó por completo, los migrantes tendieron a provenir de hogares de bajos ingresos, con un nivel de educación terciaria más bajo, pocas habilidades laborales y recursos financieros limitados. La cantidad de estos migrantes que abandonaron el país incrementó de manera exponencial en esta etapa, con una mayor prevalencia de familias, a menudo hogares encabezados por una madre soltera con varios niños pequeños, que dejaban Venezuela, en comparación con las oleadas anteriores que consistían principalmente en hombres adultos viajando solos o parejas adultas. Una razón detrás de este cambio es que muchos de los que abandonaron Venezuela durante este período viajaron para reunirse con un familiar que ya había emigrado en años previos. En esta etapa también se demostró el desmontaje de la confianza social en el Sistema Judicial, que se evidenció con la persecución y exilio de los miembros del Tribunal Supremo de Justicia juramentados en julio de 2017. Muchos de estos jueces tuvieron que asumir trabajos no cualificados.

En este estudio se cumple el objetivo de investigar cómo la crisis económica, política y humanitaria en Venezuela ha llevado a un gran número de venezolanos a buscar refugio y oportunidades en Chile. Este país ha experimentado un aumento significativo en el número de desplazados venezolanos en los últimos años, lo que ha planteado desafíos en términos de acogida. Chile ha implementado políticas que permiten a los desplazados venezolanos acceder al mercado laboral formal, lo que representa una oportunidad importante. Sin embargo, tras la pandemia y la crisis política que atravesó el gobierno del presidente Sebastián Piñera en octubre de 2018, esa política cesó.

A pesar de las políticas favorables, los desplazados venezolanos enfrentan obstáculos en la búsqueda de empleo, que incluyen la falta de reconocimiento de títulos y discriminación. Sin embargo, dado que Chile ha ratificado acuerdos internacionales, como la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, que establecen el principio de no devolución, que prohíbe expulsar o devolver a personas que enfrentan persecución, las deportaciones que se iniciaron fueron suspendidas. Por ello, se entiende que los acuerdos internacionales también garantizan que los desplazados tengan derechos laborales, incluyendo igualdad de trato en el empleo y condiciones de trabajo justas.

Finalmente, la situación de los desplazados venezolanos en Chile refleja tanto los esfuerzos realizados para cumplir con los acuerdos internacionales como los desafíos persistentes en términos de empleo y plena integración. A medida que Chile continúa recibiendo a desplazados venezolanos, es esencial seguir trabajando en políticas y programas que garanticen el acceso a oportunidades laborales y a la protección de sus derechos, en consonancia.

 

REFERENCIAS

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[1] Este trabajo es parte de un esfuerzo mayor dentro del Fondo de Fomento a la Investigación, de la Dirección de Investigación de la Universidad SEK- 2023

[2] Doctorado en Historia / PHD in international Relations and Law. Investigador docente Universidad SEK, miembro del equipo de política global. Correo electrónico luis.marcano@zonavirtual.uisek.cl - ORCID: https://orcid.org/0000-0003-0470-5764

[3] La revisión comparada arroja que, en todas las constituciones de América Latina, se consagra el Derecho al trabajo como una garantía fundamental.

[4] Hace referencia a la Convención Internacional sobre la protección de los Derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (2005)/ Convenio Internacional 135 sobre los representantes de los trabajadores (1971)/ Convenio 121, sobre las prestaciones en caso de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (1964)/ Convenio 138 sobre la edad mínima (1973)/ Convenio 105 sobre la abolición del trabajo forzoso (1957)/ Convenio 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación (1948)/ Convenio 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva (1949)/ Convenio sobre la indemnización por accidentes del trabajo de trabajadores agrícolas (1921)/ Convenio Internacional sobre el descanso semanal en industrias (1921)/ Convenio sobre el trabajo nocturno de los menores (industria) (1919)/ Convenio Internacional sobre las horas de trabajo en la industria (1919)

[5] Es un organismo especializado de las Naciones Unidas que se ocupa de los asuntos relativos al trabajo y las relaciones laborales. Fue fundada el 11 de abril de 1919, en el marco de las negociaciones del Tratado de Versalles. Su Constitución, sancionada en 1919, se complementa con la Declaración de Filadelfia de 1944[concepto recuperado de: https://www.cancilleria.gov.co/international/multilateral/united-nations/ilo